Disposiciones Normativas – Parte I
Fecha actualización: 14/06/2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-SE Seguridad estructural
Fecha actualización: 20/12/2019
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-SE-AE. Acciones en la edificación
Fecha actualización: 04/2009
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-SE-GUIA Aplicación del Código Estructural
Fecha actualización: 2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-SI Seguridad en caso de incendio
Fecha actualización: 22/12/2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SI/1 Justificación puesta en obra productos de construcción por su comportamiento ante el fuego
Fecha actualización: 12/2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SI/2. Normas de ensayo y clasificación de las puertas resistentes al fuego y sus herrajes y mecanismos de apertura
Fecha actualización: 04/2016
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SI/3 Mantenimiento de puertas peatonales con funciones de protección contra incendios reguladas por el DB SI
Fecha actualización: 06/2011
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SI/4 Salida de edificio y espacio exterior seguro
Fecha actualización: 13/07/2016
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad
Fecha actualización: 15/07/2024
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SUA/1 Clasificación de los vidrios según sus prestaciones frente a impacto y su forma de rotura según la norma UNE-EN 12600:2003
Fecha actualización: 06/2011
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SUA/2 Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes
Fecha actualización: 29/07/2018
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-SUA/3 Resbaladicidad de suelos
Fecha actualización: 15/07/2024
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HE Ahorro de energía
Fecha actualización: 22/12/2023
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HE2 RITE Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios
Fecha actualización: 02/08/2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HE-GUIA Guía de aplicación del DB-HE
Fecha actualización: 06/2022
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HE CLIMAS Documento descriptivo climas de referencia
Fecha actualización: 02/2017
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HE/1 Cálculo de parámetros característicos de la envolvente
Fecha actualización: 01/2020
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HE/2. Comprobación de limitación de condensaciones superficiales e intersticiales en los cerramientos
Fecha actualización: 10/2013
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HE/3 Puentes térmicos
Fecha actualización: 01/2014
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HR Protección frente al ruido
Fecha actualización: 20/12/2019
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HR-GUIA/1 Guía de aplicación del DB-HR
Fecha actualización: 12/2016
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HR-GUIA/2 Guía para la cumplimentación de la parte IV del IEE
Fecha actualización: 11/2016
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HR/1 Guía de uso de las magnitudes de aislamiento acústico en relación con las exigencias
Fecha actualización: 12/2019
Ámbito de aplicación: Estado español
DA-DB-HR/2 Procedimiento de cálculo de transmisiones indirectas
Fecha actualización: 03/2020
Ámbito de aplicación: Estado español
DB-HS-GUIA Guía de Rehabilitación frente al radón
Fecha actualización: 09/2020
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE)
Fecha actualización: 16 jun 2022.
Ámbito de aplicación: Estado español
Descripción LOE
Resumen de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
La Ley 38/1999 tiene como objetivo regular el proceso de edificación en España, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes involucrados, así como las garantías necesarias para asegurar la calidad de los edificios y proteger los intereses de los usuarios.
Puntos Clave:
- Objeto y Ámbito de Aplicación:
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La ley regula el proceso de edificación, aplicándose a la construcción de edificios de carácter permanente, tanto públicos como privados, y a intervenciones en edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica.
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Requisitos Básicos de la Edificación:
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Se establecen requisitos relacionados con la funcionalidad, seguridad y habitabilidad de los edificios, incluyendo aspectos como la accesibilidad, seguridad estructural y protección del medio ambiente.
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Agentes de la Edificación:
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Se definen los roles y responsabilidades de los agentes, que incluyen al promotor, proyectista, constructor, director de obra y director de ejecución de la obra, cada uno con obligaciones específicas.
-
Responsabilidades y Garantías:
- Se establece un régimen de responsabilidad civil para los agentes que intervienen en el proceso de edificación, con plazos de responsabilidad que varían entre uno y diez años según el tipo de daño.
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Se requiere la suscripción de seguros de daños materiales para garantizar la protección de los usuarios frente a vicios y defectos en la construcción.
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Documentación y Recepción de la Obra:
- La recepción de la obra debe ser formalizada mediante un acta, y se requiere la entrega de documentación que incluya instrucciones de uso y mantenimiento.
Disposiciones Derogatorias:
- La ley incluye disposiciones derogatorias que invalidan normativas anteriores que contravengan lo establecido en esta ley, aunque no se detallan explícitamente en el resumen.
Disposiciones Finales:
- Se autoriza al Gobierno para aprobar un Código Técnico de la Edificación y se establece la entrada en vigor de la ley.
Este marco legislativo busca fomentar la calidad en la edificación, asegurando la protección de los usuarios y el cumplimiento del derecho a una vivienda digna y adecuada.
Resumen del Bloque Legal sobre Normativa de Construcción
1. Rescisión del Contrato y Devolución de Cantidades: – El adquirente puede rescindir el contrato y solicitar la devolución de cantidades anticipadas, lo que provoca la caducidad del aval.
2. Información Contractual: – En contratos de adquisición de viviendas con cantidades anticipadas, se debe incluir: – Obligación del promotor de devolver las cantidades y los impuestos en caso de incumplimiento de plazos o falta de cédula de habitabilidad. – Referencia al contrato de seguro o aval bancario. – Designación de la entidad de crédito para la entrega de cantidades anticipadas. – El promotor debe entregar un documento que acredite la garantía al momento de la firma del contrato.
3. Ejecución de la Garantía: – Si la construcción no inicia o la vivienda no se entrega, el adquirente puede optar por rescindir el contrato o conceder una prórroga especificada en una cláusula adicional.
4. Cancelación de la Garantía: – La garantía se cancela tras la obtención de la cédula de habitabilidad y la entrega de la vivienda, o si el adquirente rechaza recibirla.
5. Publicidad de la Promoción: – La publicidad debe informar que el promotor cumplirá con los requisitos legales y mencionar la entidad aseguradora o avalista.
6. Infracciones y Sanciones: – El incumplimiento de las obligaciones se considera infracción en materia de consumo, aplicándose sanciones según la legislación general y autonómica. – La falta de constitución de garantías puede conllevar sanciones del 25% de las cantidades a devolver.
7. Desarrollo Reglamentario: – Se podrán establecer excepciones y disposiciones complementarias a través de reglamentos.
Disposiciones Derogatorias:
- Primera: Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta Ley.
- Segunda: Artículos 64 a 70 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa siguen vigentes en la medida que no contradigan la disposición adicional quinta.
- Tercera: Se derogan disposiciones que se opongan a esta Ley, incluyendo:
- Ley 57/1968 sobre cantidades anticipadas en la construcción de viviendas.
- Decreto 3114/1968 sobre la aplicación de la Ley 57/1968 a comunidades y cooperativas.
- Orden de 29 de noviembre de 1968 sobre el seguro de afianzamiento de cantidades anticipadas.
Este resumen destaca los aspectos clave de la normativa de construcción, así como las disposiciones derogatorias relevantes.
Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre)
Fecha actualización: 25 may 2023.
Ámbito de aplicación: Estado español
Descripción LSRU
Resumen del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, sobre la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana:
1. Objeto y Estructura: Este Real Decreto Legislativo aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, con el objetivo de unificar y clarificar la normativa relacionada con el suelo y la rehabilitación urbana. Se busca evitar la dispersión normativa y facilitar el conocimiento y aplicación de la ley.
2. Principios Fundamentales: – Desarrollo Sostenible: Se establece que las políticas públicas deben promover un uso sostenible del suelo, equilibrando los intereses económicos, sociales y medioambientales. – Derechos y Deberes de los Ciudadanos: Se garantizan derechos como el acceso a una vivienda digna y la participación en la planificación urbanística, así como deberes de conservación del medio ambiente.
3. Actuaciones Urbanísticas: – Se definen las actuaciones de transformación urbanística y edificatorias, incluyendo la urbanización, edificación nueva y rehabilitación de edificios existentes. – Se establece que la iniciativa para estas actuaciones puede provenir de administraciones públicas, propietarios y comunidades de propietarios.
4. Régimen de Propiedad del Suelo: – Se especifica que el derecho de propiedad del suelo está sujeto a la ordenación territorial y urbanística, y que la edificación requiere autorización administrativa. – Se detallan las facultades y deberes de los propietarios, incluyendo la obligación de mantener las edificaciones en condiciones adecuadas.
5. Disposiciones Derogatorias: Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Real Decreto Legislativo, incluyendo: – Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que aprobó el texto refundido de la Ley de Suelo. – Artículos y disposiciones de la Ley 8/2013, de 26 de junio, sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que se refieran a preceptos derogados por esta ley.
6. Entrada en Vigor: El Real Decreto Legislativo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Este resumen destaca los aspectos más relevantes del documento, proporcionando una visión general de su contenido y las disposiciones derogatorias que se han establecido.
Disposiciones Derogatorias: – Se declaran inconstitucionales y nulas varias disposiciones específicas (artículos y apartados) por la Sentencia del Tribunal Constitucional 143/2017, de 14 de diciembre, afectando a varios artículos del documento, incluyendo los artículos 22 (apartados 2 y 3), 29 (apartados 2 a 6), y otros.
Resumen del documento legal: BOE-A-2018-605
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Derogación de la Ley 8/2013: Los preceptos impugnados de la Ley 8/2013 han sido incorporados al Real Decreto Legislativo 7/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, derogando así la Ley 8/2013. Sin embargo, se establece que el recurso de inconstitucionalidad contra los preceptos de la Ley 8/2013 no ha perdido su objeto, ya que los preceptos impugnados se reproducen en el nuevo texto.
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Pérdida de objeto: Se concluye que el artículo 5 (coordinación administrativa) y el artículo 13.2 b) (ejecución subsidiaria) de la Ley 8/2013 ya no están en el nuevo texto, por lo que el proceso ha perdido objeto respecto a estos artículos.
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Controversia competencial: La controversia se centra en la materia de urbanismo, específicamente en el alcance de las competencias estatales y autonómicas. Se establece que el Estado tiene competencias sobre la planificación económica (art. 149.1.13 CE) y que las Comunidades Autónomas tienen competencias exclusivas en materia de procedimiento administrativo, vivienda y urbanismo.
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Regulación del informe de evaluación de edificios: Se impugnan varios artículos de la Ley 8/2013 que regulan el informe de evaluación de edificios, argumentando que el Estado no tiene competencia para imponer la regulación de la evaluación del estado de conservación y accesibilidad de los edificios, ya que estas materias son de competencia autonómica.
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Inconstitucionalidad de preceptos: Se declara la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 8/2013, así como de los artículos del texto refundido que reproducen su contenido, en relación con la regulación del informe de evaluación de edificios. Se concluye que, salvo el artículo 4.1, el resto de los artículos impugnados son inconstitucionales.
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Disposiciones derogatorias: La Ley 8/2013 ha sido derogada en su totalidad por el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, y se ha declarado que los artículos impugnados que se reproducen en el nuevo texto también son inconstitucionales.
Este resumen abarca los puntos clave del bloque legal presentado, destacando la derogación de la Ley 8/2013, la controversia competencial en materia de urbanismo, la inconstitucionalidad de varios preceptos y las disposiciones derogatorias pertinentes.
Disposiciones Derogatorias: No se mencionan disposiciones derogatorias específicas en el bloque analizado. Sin embargo, se señala la inconstitucionalidad de ciertos artículos y apartados de la Ley 8/2013, lo que implica su nulidad y, por ende, su derogación tácita en la práctica.
Resumen del Bloque Legal:
El bloque aborda la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 8/2013 y el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, centrándose en los siguientes puntos clave:
- Inconstitucionalidad de Artículos:
- Se declara la inconstitucionalidad del primer apartado del artículo 13 de la Ley 8/2013 y del artículo 9.1 del texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, debido a su inadecuada regulación respecto a la competencia estatal y autonómica en materia de urbanismo.
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El inciso que permite la liberación de la expropiación de manera discrecional por la Administración, bajo ciertas condiciones, también se considera inconstitucional.
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Reglas Procedimentales:
- El segundo apartado del artículo 13 establece reglas comunes para la gestión de expropiaciones, permitiendo el pago en especie sin necesidad de consentimiento del propietario, lo que se considera una garantía del expropiado.
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En la ejecución subsidiaria, la Administración puede asumir la facultad de edificar o rehabilitar inmuebles.
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Concursos Públicos:
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El apartado 3 del artículo 13 regula la ejecución de obras mediante concursos públicos, estableciendo que los propietarios de inmuebles pueden participar, siempre que se constituyan como asociaciones administrativas.
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Facultades de Sujetos Legitimados:
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El artículo 15 de la Ley 8/2013 define quiénes pueden participar en las actuaciones de rehabilitación y regeneración urbanas, incluyendo a comunidades de propietarios y asociaciones administrativas. Sin embargo, se declara inconstitucional la remisión a un artículo siguiente que pretende establecer un régimen supletorio.
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Silencio Administrativo:
- Se analizan las disposiciones sobre el silencio administrativo, estableciendo que la regla de silencio negativo en ciertos procedimientos no encuentra amparo en la competencia estatal, lo que vulnera las competencias autonómicas.
Disposiciones Derogatorias: Se declaran inconstitucionales y nulas los siguientes preceptos: – Artículo 9.2; artículo 10.2; artículos del 11 y 12; artículo 13.1; el inciso sobre la liberación de la expropiación en el artículo 13.2; artículo 13.3 (con excepción de convenios de colaboración); y el inciso sobre la remisión a otro artículo en el artículo 15.1. – Se extiende esta declaración a varios artículos del texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana que replican los preceptos de la Ley 8/2013.
Conclusión: El Tribunal Constitucional determina que varios artículos de la Ley 8/2013 y su texto refundido son inconstitucionales, afectando la regulación de la expropiación, la participación en la gestión urbanística y el régimen de silencio administrativo, reafirmando la primacía de las competencias autonómicas en materia urbanística.
Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura
Fecha actualización: 14 jun 2022
Ámbito de aplicación: Estado español
Descripción LCA
Resumen de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura
Objeto y Ámbito de Aplicación: La ley tiene como objetivo proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura, considerándola un bien de interés general. Se entiende por arquitectura el diseño, construcción, rehabilitación y conservación de edificios y espacios públicos, integrando valores culturales, sociales y medioambientales.
Fines de la Ley: 1. Proteger el patrimonio arquitectónico. 2. Fomentar la investigación y la innovación en arquitectura. 3. Promover la calidad en la contratación pública. 4. Reivindicar y difundir la arquitectura española. 5. Contribuir a objetivos de sostenibilidad y eficiencia energética.
Principio de Calidad en la Arquitectura: Las políticas de arquitectura deben inspirarse en el principio de calidad, que abarca criterios como la adecuación al uso, la integración en el entorno, la sostenibilidad, la eficiencia energética y la accesibilidad universal.
Protección y Gobernanza: Se establecen medidas para que los poderes públicos promuevan la calidad arquitectónica, incluyendo la creación del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la Casa de la Arquitectura, que actuarán como órganos de asesoramiento y difusión.
Disposición Adicional Única: Se prevé la elaboración de una Estrategia Nacional de Arquitectura en un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la ley.
Disposiciones Transitorias: 1. La ley no se aplicará a expedientes de contratación iniciados antes de su entrada en vigor. 2. El Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación seguirá vigente hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario del nuevo Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura.
Disposición Derogatoria Única: Se deroga el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo, que establecía el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación.
Disposiciones Finales: 1. Se modifican artículos de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público para mejorar la calidad arquitectónica en la contratación pública. 2. Se introduce un nuevo artículo en el Real Decreto-ley 36/2020 para permitir la contratación conjunta de proyectos y obras financiadas con fondos del Plan de Recuperación. 3. Se autoriza el desarrollo reglamentario del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la regulación de la Casa de la Arquitectura. 4. La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Esta ley responde a la necesidad de un marco normativo que promueva la calidad arquitectónica, alineándose con objetivos de sostenibilidad y bienestar social en un contexto de desafíos globales.
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Fecha actualización: 12 dic 2021
Ámbito de aplicación: Estado español
Descripción LPHE
Resumen de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura
Objeto y Ámbito de Aplicación: La ley tiene como objetivo proteger, fomentar y difundir la calidad de la arquitectura, considerándola un bien de interés general. Se entiende por arquitectura el diseño, construcción, rehabilitación y conservación de edificios y espacios públicos, integrando valores culturales, sociales y medioambientales.
Fines de la Ley: 1. Proteger el patrimonio arquitectónico. 2. Fomentar la investigación y la innovación en arquitectura. 3. Promover la calidad en la contratación pública. 4. Reivindicar y difundir la arquitectura española. 5. Contribuir a objetivos de sostenibilidad y eficiencia energética.
Principio de Calidad en la Arquitectura: Las políticas de arquitectura deben inspirarse en el principio de calidad, que abarca criterios como la adecuación al uso, la integración en el entorno, la sostenibilidad, la eficiencia energética y la accesibilidad universal.
Protección y Gobernanza: Se establecen medidas para que los poderes públicos promuevan la calidad arquitectónica, incluyendo la creación del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la Casa de la Arquitectura, que actuarán como órganos de asesoramiento y difusión.
Disposición Adicional Única: Se prevé la elaboración de una Estrategia Nacional de Arquitectura en un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la ley.
Disposiciones Transitorias: 1. La ley no se aplicará a expedientes de contratación iniciados antes de su entrada en vigor. 2. El Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación seguirá vigente hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario del nuevo Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura.
Disposición Derogatoria Única: Se deroga el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo, que establecía el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación.
Disposiciones Finales: 1. Se modifican artículos de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público para mejorar la calidad arquitectónica en la contratación pública. 2. Se introduce un nuevo artículo en el Real Decreto-ley 36/2020 para permitir la contratación conjunta de proyectos y obras financiadas con fondos del Plan de Recuperación. 3. Se autoriza el desarrollo reglamentario del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y la regulación de la Casa de la Arquitectura. 4. La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Esta ley responde a la necesidad de un marco normativo que promueva la calidad arquitectónica, alineándose con objetivos de sostenibilidad y bienestar social en un contexto de desafíos globales.
Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo, por el que se crea el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación
Fecha actualización: 15 jun 2022
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios
Fecha actualización: 18 mar 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales
Fecha actualización: 18 mar 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Con las Instrucciones Técnicas Complementarias
Fecha actualización: 18 mar 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones
Fecha actualización: 3 oct 2019
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural
Fecha actualización: 29 jun 2021
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido
Fecha actualización: 7 jul 2011
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.
Fecha actualización: 08 nov 1985
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores»
Fecha actualización: 02 abr 2024
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas
Fecha actualización: 11 ene 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la Gestión de la Calidad de las Aguas de Baño
Fecha actualización: 26 oct 2007
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Fecha actualización: 8 sep 2022
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción
Fecha actualización: 23 mar 2010
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores contra los Riesgos relacionados con los agentes Químicos durante el trabajo
Fecha actualización: 4 jul 2015
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
Fecha actualización: 9 may 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de personas con discapacidad para acceso y utilización de espacios públicos urbanizados y edificaciones
Fecha actualización: 11 mar 2010
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental
Fecha actualización: 14 jun 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera
Fecha actualización: 23 dic 2017
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
Fecha actualización: 24 dic 2022
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas
Fecha actualización: 30 oct 2015
Ámbito de aplicación: Estado español
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
Fecha actualización: 2 jun 2021
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética
Fecha actualización: 20 may 2021
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
Fecha actualización: 24 dic 2024
Ámbito de aplicación: Estado español
Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal
Fecha actualización: 28 dic 2023
Ámbito de aplicación: Estado español
Descripción LOE
Resumen de la Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal
La Ley 49/1960 establece el régimen jurídico de la propiedad horizontal en España, regulando la forma especial de propiedad de edificios divididos en pisos o locales. Esta normativa busca facilitar el acceso a la propiedad urbana y organizar las relaciones entre los propietarios.
Puntos Clave:
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Objeto de la Ley: Regula la propiedad horizontal, definida como la propiedad de un espacio delimitado y la copropiedad de elementos comunes del edificio.
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Ámbito de Aplicación: Se aplica a comunidades de propietarios, complejos inmobiliarios privados y subcomunidades, así como a entidades urbanísticas de conservación.
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Derechos y Deberes de los Propietarios:
Cada propietario tiene derecho a usar su piso o local y es responsable de contribuir a los gastos comunes según su cuota de participación
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Órganos de Gobierno: La comunidad se organiza a través de la Junta de propietarios, un presidente, un secretario y un administrador, quienes gestionan los asuntos de la comunidad.
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Acuerdos de la Junta: Los acuerdos requieren mayorías específicas dependiendo de la naturaleza del asunto, y pueden ser impugnados ante los tribunales si son contrarios a la ley o perjudiciales para la comunidad.
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Modificaciones y Obras: Se establecen procedimientos para la realización de obras necesarias y la modificación de elementos comunes, así como para la creación de nuevas instalaciones.
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Registro de la Propiedad: Se permite la inscripción del edificio y de cada piso como fincas independientes en el Registro de la Propiedad.
Se establecen obligaciones de conservación y mantenimiento, así como el respeto a las instalaciones generales.
Disposiciones Derogatorias: – La ley deroga el artículo 396 del Código Civil en lo que respecta a la propiedad horizontal, limitándolo a norma de remisión. – También se derogan varios artículos de la ley original que han sido modificados o que ya no son aplicables.
Conclusión: La Ley 49/1960 busca establecer un marco legal claro y eficaz para la convivencia en comunidades de propietarios, promoviendo la propiedad horizontal como una solución accesible para la vivienda y el uso eficiente de los espacios comunes.